CONVOCATORIA GENERAL BECAS 2022/23
Convocatoria General 2022_2023.pdf
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INFORMACIÓN DE INTERÉS SOBRE EL NUEVO PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE BECA DE LA CONVOCATORIA GENERAL:

 

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN BECAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL CURSO ACADÉMICO 2022-2023 PARA ESTUDIANTES QUE CURSEN ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS 

 

 

 

¡Nuevo plazo!:

  • El plazo de presentación de solicitudes para las becas del próximo curso 2022/23 se ha modificado respecto de otros años. Actualmente se encuentra abierto y finalizará el 12 de mayo de 2022.
  • La solicitud debe quedar totalmente completada y presentada a las 24,00 del último día del plazo (23,00 horas en Canarias).

 

Debe solicitar la beca ahora, aunque aún no esté seguro de los estudios que realizará en el próximo curso 2022/23 o incluso si no sabe si va a estudiar. Después no se concederán nuevos plazos para solicitar beca

Nuevo procedimiento. Tramitación en dos fases:

  • Tras solicitar esta beca en el plazo indicado, habrá una 

PRIMERA FASE

 de estudio de las solicitudes en la que se comprobará únicamente si se reúnen algunos de los requisitos de tipo general y económico. De esta manera, se podrán conocer con suficiente antelación las posibilidades de disfrutar de beca en el próximo curso 2022/23, pues en el caso de reunir este tipo de requisitos, la concesión sólo estaría pendiente de que posteriormente se pueda verificar que también reúne los requisitos académicos que se exigen según el tipo de estudios. En el Portal Becas de Educación: https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas.html se ha publicado un resumen de estos requisitos académicos.

  • Una vez comprobado si se reúnen los requisitos generales y económicos, se enviarán notificaciones a todos los solicitantes de beca informándoles de los resultados obtenidos y entraremos en una 

SEGUNDA FASE

 . Abriremos un nuevo plazo, en el mes de septiembre, sólo para modificar algunos datos de la solicitud de beca, o presentar alegaciones, para quienes no reúnan los requisitos económicos. No se podrán presentar nuevas solicitudes.

 

  • Cerrado este plazo, las unidades de becas y el Ministerio comprobarán si también se reúnen el resto de requisitos académicos y específicos que se requieren para obtener algunos componentes de la beca y será entonces cuando se concedan las becas, asignando las cuantías que correspondan.

 

Enviaremos y facilitaremos instrucciones precisas de cómo actuar en cada fase

 

RECOMENDACIONES PARA CUMPLIMENTAR CORRECTAMENTE EL FORMULARIO DE SOLICITUD:

  1. En primer lugar, es muy conveniente tener preparada, y a la vista, la documentación y los datos sobre los que se va a pedir información al cumplimentar la solicitud:

 

 

2. Información importante sobre firmas y autorizaciones:

  • La firma electrónica de la solicitud se lleva a cabo al cumplimentar determinados datos del documento de identidad del firmante. Estos datos serán verificados mediante un servicio web de consulta al Ministerio del Interior para comprobar su identidad. Con este sistema se firmarán, tanto la solicitud como otras autorizaciones y declaraciones que se van a presentar en este formulario.
  • Si el estudiante es mayor de 14 años en el momento de hacer la solicitud, deberá ser él quien se registre en la sede electrónica. Si no lo hubiera hecho así, el formulario le advertirá de ello y tendrá que salir del mismo para registrarse en dicha sede. Después volverá a entrar en este formulario con su propio DNI/NIE.
  • Las solicitudes de estudiantes menores de 18 años deberán ser autorizadas y, por tanto, firmadas por su padre, madre, tutor o representante legal. En estos casos, el formulario requerirá en la primera página el DNI/NIE e IDESP/IXESP del padre/madre/tutor para verificar su identidad.
  • Asimismo, los demás miembros computables de la unidad familiar deben autorizar con este mismo sistema al Ministerio de Educación y Formación Profesional para consultar a otras Administraciones los datos de identificación y económicos necesarios para resolver la solicitud. Cuando se introduzcan los datos de identificación de estos familiares, se les advertirá de que están firmando dicha autorización.

 

Si no fuera posible verificar con el Ministerio del Interior los datos de los DNI o NIE de los firmantes, aparecerá un mensaje y, al imprimir el justificante de la solicitud de beca, se deberá completar un casillero en el que pueden firmar manualmente todas las autorizaciones que se requieren. Es importante que se imprima y firme este documento y que se entregue en la unidad de becas que se indica en el justificante. Sin ello, no podrá tramitarse la solicitud.

3. Introducción de datos y presentación de la solicitud:

  • Todo el proceso necesario para presentar la solicitud de beca se realizará por internet mediante este formulario que estará disponible las 24 horas y al que se podrá acceder mediante cualquier dispositivo (teléfono móvil, tableta o PC).
  • Para evitar problemas de saturación en la red, si transcurren más de 5 minutos sin realizar ninguna acción (por ejemplo, introducir datos, cambiar de página, etc.) el sistema se desconectará y la información introducida podría perderse, por lo que se recomienda guardarla frecuentemente pulsando para ello el botón "Guardar" que aparecerá en la pantalla.
  • Si ya se presentó una solicitud el año pasado, el sistema recupera algunos de los datos introducidos entonces. No obstante, es importante repasarlos y modificarlos en el caso de que hayan cambiado. El número de teléfono y la dirección de correo electrónico son los que se cumplimentaron al registrarse y entrar en la Sede Electrónica; por ello, para cambiarlos, hay que salir del fromulario de solicitud de beca y modificar el registro en la citada Sede. Después deberá hacer una nueva solicitud de la beca.
  • Es necesario introducir algunos datos de tipo académico que pedirá el formulario. En el caso de que se desconozca o dude sobre los estudios a cursar en 2022/23 se indicará la opción más probable. Posteriormente, en el mes de septiembre, se podrá corregir esta información entrando de nuevo a la solicitud.
  • Si se cierra la sesión antes de haber completado el proceso de presentación, la solicitud quedará en estado "Borrador", siempre que se haya tenido la precaución de dar al botón "Guardar". En este caso, se podrá volver a recuperar el borrador entrando de nuevo en la aplicación informática para revisarlo, modificarlo o completarlo, pero es importante tener en cuenta que en este estado, la solicitud no está presentada aún.
  • Para presentar la solicitud, al llegar a la última pantalla de introducción de datos, aparecerá la opción de "Firmar y presentar la solicitud". Se debe ejecutar necesariamente esta acción, pues no se aceptarán solicitudes que no hayan completado todo el proceso y, por tanto, no serán válidas las que simplemente queden en estado "borrador".
  • Una vez presentada la solicitud, para tener la seguridad de que el proceso se ha realizado correctamente, se debe abrir, imprimir y conservar el justificante de presentación. Se trata de un fichero en formato "pdf" que genera automáticamente la aplicación informática cuando se ha presentado correctamente la solicitud.
  • Como norma general, no será necesario hacer nada más en esta fase, ni presentar documentos, salvo en casos excepcionales que se le indicarán en ese mismo justificante de presentación.
  • Una vez que se haya presentado la solicitud, no se podrán hacer cambios en la misma; por ello, se debe proceder del siguiente modo si ya ha presentado la solicitud y, antes de que acabe el plazo de presentación de solicitudes, recuerda haber cometido algún error:
    • Si se trata de algún cambio en la cuenta corriente, en el domicilio que va a habitar durante el curso o en cualquier dato de tipo académico, debe saber que no se necesita esta información para la valoración de las solicitudes en esta primera fase y, por tanto, podrá modificarla posteriormente, en septiembre. Se les informará del plazo en que se dará acceso a la solicitud para completar o modificar sólo esta información.
    • Si se trata de un cambio distinto de los anteriores, por ejemplo, algún dato de tipo personal del solicitante o de sus familiares o de las situaciones que ha declarado (familia numerosa, discapacidad, etc.), tendrá que hacer y presentar otra solicitud si se encuentra dentro de plazo. Sólo se tendrá en cuenta la última solicitud que presente.

Después del plazo de presentación de solicitudes no se pueden hacer cambios. No obstante, en septiembre, una vez que se le haya notificado si reúne o no los requisitos económicos, podrá modificar la cuenta corriente, el domicilio que va a habitar durante el curso y la información académica. También en ese mismo plazo podrá alegar si cree que la solicitud se ha resuelto en base a alguna información errónea.

  • Si se prevé simultanear varios estudios en el curso 2022/23 (por ejemplo, estudios en la E.O.I y de Grado, o dos carreras) conviene saber que, en esta primera fase, para revisar el cumplimiento de los requisitos económicos sólo será necesaria la presentación de una solicitud. En septiembre se deberán revisar los datos académicos y optar por aquellos estudios que interesen más desde el punto de vista de las cuantías de beca que podría obtener o de los requisitos académicos que se piden, pues según la convocatoria sólo se puede conceder beca para unos estudios.

Conviene revisar el justificante de haber presentado la solicitud, pues en este documento en formato "pdf" se indicará si tiene que aportar algún documento adicional y dónde. En este justificante se informará sobre la unidad de becas, que tramitará la solicitud en esta primera fase.

RECOMENDACIONES A TENER EN CUENTA UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICITUD DE BECA DEL CURSO 2022/23:

Es fundamental estar muy atento al correo electrónico que se indique en este formulario de solicitud, pues en él se avisará de que se ha enviado una notificación en la Sede Electrónica.


 

No obstante, el texto del correo no será la notificación: sólo es un aviso, que puede no llegar por distintas circustancias, por ello, es conveniente consultar frecuentemente la Sede Electrónica para ver si hay notificaciones.


 

Para poder entrar en la Sede Electrónica, se deben conservar las claves de usuario (DNI/NIE) y contraseña con las que se registró para hacer esta solicitud.

1. Tras revisar las solicitudes:

Se enviarán notificaciones a la Sede Electrónica para informar al solicitante de beca de si se reúne los requisitos económicos. Si no los cumple, también se notificará una propuesta de resolución denegatoria y se informará de las reclamaciones que se pueden presentar. Con esta primera notificación no se concede la beca a quienes reúnan los requisitos económicos y por ello, en la misma se darán instrucciones para continuar con el procedimiento, en la segunda fase, que será aproximadamente en septiembre.

2. En el mes de septiembre, aproximadamente:

Se abrirá un plazo que se detallará en la notificación. Se deberá tener en cuenta lo siguiente:

Se podrá entrar de nuevo en este formulario de solicitud para hacer modificaciones de datos académicos. También se podrán modificar algunos otros datos relacionados con el domicilio de residencia durante el curso o la cuenta corriente, pero en ningún caso se podrán modificar datos de composición de la unidad familiar o que hayan influido para determinar si se reúnen o no requisitos económicos.


 

Si, en este plazo, no se hacen modificaciones en los datos académicos de la solicitud, esta se resolverá con los datos cumplimentados inicialmente, en la primera fase, entendiendo que son correctos.


 

Si no se reúnen los requisitos económicos y la solicitud fue propuesta para denegar, se podrán presentar alegaciones y documentos entrando también a este formulario en el plazo que se indique. Habrá un apartado específico para ello.


 

Si se solicitan datos de tipo económico, por carecer de ellos la administración tributaria o por ser incompletos, también se deberán aportar entrando de nuevo a este formulario.


 

Las claves de usuario y contraseña para entrar de nuevo a este formulario, son las usadas para registrarse en la Sede Electrónica.

3. Después de septiembre :

Transcurrido el plazo anterior para alegar o modificar solicitudes, la unidad de becas correspondiente, que se especificará en el formulario, junto con este Ministerio, verificarán si reúne el resto de requisitos y se comunicará la concesión o denegación de la solicitud de beca. Se hará del mismo modo que se ha explicado anteriormente: mediante un aviso por correo electrónico para que consulte la notificación en la Sede Electrónica.

 

Artículo 3. Enseñanzas comprendidas. 


Para el curso académico 2022-2023 y, con cargo a los créditos mencionados en el artículo anterior se convocan becas sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes
enseñanzas:  


1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:  


a) Primer y segundo cursos de bachillerato.  
b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de 
formación profesional realizados en los centros docentes militares.  
c) Enseñanzas artísticas profesionales.  
d) Enseñanzas deportivas.  
e) Enseñanzas artísticas superiores.  
f) Estudios religiosos superiores.  
g) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.  

h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados
concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.  
i) Ciclos Formativos de Grado Básico